El 23 de junio de 2009 recibimos un correo electrónico de CONADIS donde se informa, como una novedad, las previsiones existentes en el Código Electoral para que las personas con discapacidad ejerzamos nuestro derecho al voto.
Como lo denunciamos públicamente en su momento y en los términos en que asesoramos a la Fundación Acceso Ya y a Fundación Rumbos al momento de confeccionar sus acciones judiciales en tal sentido, las previsiones del Código Electoral para ejercer el derecho al voto de nuestro colectivo, son discriminatorias y excluyen a personas sordas que no se pueden dar a entender por escrito, a personas con discapacidad mental declaradas judicialmente insanas y a personas institucionalizadas - indistintamente de su declaración de insania, y somenten a esfuerzos extraordinarios a personas ciegas y a la violación del derecho al voto secreto.
Como surge de los links señalados por CONADIS en su comunicado, ninguna previsión fue tomada en relación a los comicios y sólo se agrega, nuevamente como novedad que "Las federaciones que nuclean a organizaciones de personas con discapacidad visual, recibirán un detalle de las listas de candidatos en formato accesible a fin de que pueda ser distribuido entre sus asociados".
No sólo debieron tomarse previsiones al respecto, el gobierno pudo haberse evitado incurrir en este refuerzo del incumplimiento de su deber de establecer condiciones de accesibilidad mediante el referido comunicado.
Lo dispuesto en el sitio web de la CONADIS resulta una afrenta al tratar de inducir a pensar que el gobierno nacional está cumpliendo con la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad en lo electoral cuando cita parcialmente el artículo 29 de la Convención sin agregar todas las previsiones de accesibilidad que la norma internacional dispone.
En consecuencia, REDI manifiesta su repudio a la maniobra informativa del gobierno nacional y exige que el gobierno informe sobre los derechos de las personas con discapacidad en materia electoral conforme a las verdaderas previsiones de la Convención.
miércoles 24 de junio de 2009
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